lunes, 30 de enero de 2012

miércoles 1º de Febrero entrará en vigor Resolucion AFIP 3252 (y consecuentes)

Carolina Gonzalez Rodriguez
Estimados amigos, profesores, clientes y colegas,

El próximo miércoles 1º de Febrero entrará en vigor la Resolucion AFIP 3252 (y consecuentes) que, formalmente, impone el requisito a todos lo importadores de bienes y servicios de informar a la administración pública central los datos relativos a las importaciones que pretendieran realizar a partir de esa fecha.

En realidad, ese "régimen de información" no es tal, en tanto
dependiendo de los datos informados el gobierno se arroga el derecho de prohibir la importación en cuestión. En consecuencia, el sistema impuesto por la Resolución mencionada adolece de grave inconstitucionalidad, en tanto mediante la regulación de orden jerárquico inferior se ataca y contradice a la norma de máximo rango jerárquico: la Constitución Nacional. Y así lo hace en tanto la misma
es contraria, de manera flagrante a los artículos 11, 14, 17, 27 y 28 de la CN, alejándonos cada vez más del sistema republicano, constitucional y del estado de derecho bajo el cual se encuentra organizada la República Argentina.

Esta Resolución, junto con muchas otras que en los últimos años vienen sistemáticamente sancionándose sin reparo ni contralor alguno, puede y debe ser atacada en sede judicial, procurando que el último bastión de tutela al sistema republicano, el Poder Judicial, ejerza su rol como
tal y dicte la inconstitucionalidad de esta grave normativa que aisla al país, y perjudica gravemente a productores y consumidores por igual.

Sin embargo, por el juego de interpretaciones jurisprudenciales
vigentes, no es posible a un simple ciudadano reclamar tal
inconstitucionalidad, sino que por el contrario, es menester contar con un "caso concreto", un potencial perjudicado por esta arbitraria e ilegítima medida.

En consecuencia, quisiera pedirles que, en caso que conozcan alguna persona (física o jurídica) importadora que viera su actividad peligrar y/o estuviera expuesta a sufrir un daño o desmedro patrimonial como consecuencia de esta normativa, por favor háganles saber que estoy dispuesta a patrocinarlos pro-bono ante la Justicia, en caso que decidieran incoar una Acción Declarativa de Certeza (de
Inconstitucionalidad).

Un comentario para los amigos del interior: yo sólo puedo firmar en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, por lo que si alguno de los importadores fuera de otra jurisdicción, con inmenso gusto le pasaría el texto de la presentación judicial para que algún abogado de su jurisdicción lo patrocine. 

Les agradezco de antemano por su atención, y quedo a sus órdenes para lo que consideren.

Saludos cordiales,

Carolina.

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