Por el Dr. Raúl E. Cuello para el Informador Público
Es posible afirmar con poco margen de error, que una parte importante de la ciudadanía desconoce las características y las consecuencias de las elecciones que tendrán lugar el 14 de agosto con carácter obligatorio, en todo el territorio de nuestro país. Es por ello que hemos considerado oportuno contribuir a aclarar en qué consiste y cuáles son los fines de la Ley 26571 que fuera promulgada el 11 de diciembre de 2009 y que lleva como título “Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral”.
Puede la norma considerarse una variante de las tradicionales “internas partidarias” reservada solo a los afiliados para elegir a quienes habrían de representarlos en el acto comicial. Pero es una variante de mayores alcances, toda vez que “los Partidos y Alianzas” exponen a la ciudadanía a los aspirantes a todos los cargos lectivos nacionales (Presidente, Vicepresidente, Senadores y Diputados), para que los ciudadanos afiliados o no, elijan a quienes resulten de su preferencia en el cargo correspondiente.
Estas elecciones, llamadas Primarias, son simultáneas en todo el territorio nacional y obligatorias, con las sanciones legales correspondientes, en caso de no ejercerse el voto, si no se justifica la inasistencia. Se rige por los Padrones Nacionales.
El votante debe emitir un solo voto por cada cargo y puede hacerlo a candidatos de distintos partidos. Cuando un Partido no tenga candidatos para el cargo que se trate, por ejemplo Presidente y Vice, el voto puede hacerse a un candidato de otra filiación política. Por ejemplo, como el PRO no tiene candidato a Presidente, los ciudadanos pueden elegir al de otro partido. En el caso de la Provincia de Buenos Aires que también tendrá su primaria abierta ese mismo día, se elegirán los candidatos a ocupar los cargos electivos y se da la eventualidad que con el mismo candidato a Presidente, los ciudadanos podrán optar por uno de dos gobernadores.
Naturalmente cuando toda la lista de candidatos esté en una sola boleta, se puede votar con ella completa. También cortar una parte y optar por otros candidatos de distintos Partidos. Se debe emitir UN SOLO VOTO POR CARGO y cualquiera sea la cantidad de partidos que elija para cada cargo. Se considerara anulado el voto que contenga más de un candidato por cargo.
Finalizado el escrutinio, solo participarán en las elecciones de octubre los partidos que consigan por lo menos el 1,5% de los votos válidamente emitidos para cada categoría de candidatos (diputados y senadores se eligen por distrito, Presidente y Vice por todo el país).
Como es sabido, la realidad política argentina ha tergiversado la esencia de la ley, toda vez que los Partidos Políticos, han elegido a quienes han de ser sus candidatos y en general de una manera autoritaria o autocrática, de modo que estas elecciones primarias solo han de consagrar a quienes ya están consagrados. Pueden si contribuir a no transparentar a la política y menos a dotarla de la equidad buscada. ¿De qué modo? Alterando las preferencias individuales a través de lo que se ha dado en llamar el “voto útil” cuya finalidad no es otra que la búsqueda de la polarización para mejor posicionamiento en la instancia del ballotage si la hubiera.
En rigor de verdad, esta Ley fue aprobada cuando el Frente para la Victoria contaba con la mayoría parlamentaria y su finalidad fue consagrar al ex Presidente Kirchner como único candidato del justicialismo, tan atomizado antes como ahora. Pero la falta de oposición consistente para oponerse a la actual administración, fue dejando de ser tal a la luz de los resultados adversos de Capital, Santa Fe y presumiblemente Córdoba, sin por que por eso apareciera todavía, una figura convocante en el arco opositor.
Precisamente en agosto está en juego el panorama que asomará para octubre. Si la Presidente consiguiera un porcentaje de votos ligeramente por encima del 40% sus chances de reelección se fortalecerían, pero no lo suficiente como para aventar el riesgo de la segunda vuelta. El “ya ganó de hace pocas semanas” debe ahora ser apuntalado, para evitar la polarización del voto en octubre. La evidencia muestra que el panorama dista de ser fácil para el gobierno, que arriesga más de lo que debiera haber arriesgado, si esta Ley no hubiera sido promulgada.
Dr. Raúl E. Cuello
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